Nuestras tarifas son las más bajas del mercado. Puedes pagar en hasta 3 mensualidades sin intereses. Emitimos factura electrónica con lo cual podrás deducir el IVA.
Te enviaremos un instructivo detallado, con todos los archivos listos. Solo deberás descargarlos, completar tus datos, firmarlos y cargarlos escaneados en nuestro sitio web. Así de fácil!
Si contratas el trámite urgente, te enviaremos el Certificado de Inicio dentro de las 48 hs. de haber recibido tu documentación firmada.
Verificamos si la marca que deseas registrar cumple con los requisitos legales y no existen registros similares previos.
Ingresas tus datos personales, ya sea a través de nuestro sitio web o telefónicamente y el sistema te envía la factura a tu Email.
Luego de acreditado tu pago, el sistema te envía automáticamente un instructivo con la documentación que deberás enviarnos firmada.
Luego de recibir tu documentación firmada, uno de nuestros abogados especialistas en Propiedad Intelectual iniciará la solicitud de registro ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.
El abogado a quien se asigne tu solicitud hará el debido seguimiento del trámite, publicación en la Gaceta de la Propiedad Industrial, así como todas las acciones legales necesarias para obtener tu registro.
Luego de completado el trámite y obtenida la resolución de concesión, te enviaremos el correspondiente título de marca en formato digital.
Puedes pagar a través de transferencia o depósito bancario, con tu tarjeta de débito o en mensualidades con tu tarjeta de crédito.
Para poder iniciar tu trámite debes enviar una autorización firmada, que deberás cargar digitalizada en nuestro sitio web.
Si bien no hay una disposición legal que exija tener el trámite culminado para iniciar la explotación comercial de tu marca, no es recomendable realizar grandes inversiones hasta tanto no tener el título de la marca concedido.
El trámite de registro de marca en México, desde el momento que se inicia la solicitud hasta el momento que se concede el título de marca, tarda aproximadamente 6 meses.
No es requisito que tengas inicio de actividades ante el SAT para iniciar tu solicitud de registro. Lo será recién cuando empieces a explotar comercialmente tu marca.
No hace falta que tengas FIEL. Realizando el trámite de registro con nosotros te ahorras el engorroso trámite ante el SAT, porque será el abogado que te represente como apoderado quien firmará con su FIEL tu solicitud de registro.